MATERIA: PENAL, RESULTADO: SENTENCIA ABSOLUTORIA

CAUSA DE JUCIO: 470/2023

DISTRITO JUDICIAL: NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÈXICO.

DELITO: ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO EN EL INTERIOR DE CASA HABITACIÓN Y HABERSE UTILIZADO EN SU EJECUCIÓN LA VIOLENCIA; previsto en el artículo 287 párrafo primero y sancionado en los artículos 289 fracción V, 290 fracción III, inciso b), en concordancia con lo establecido por los artículos 6, 7, 8 fracciones I y III, 11 fracción I, inciso c), todos del Código Penal en Vigor.

SÍNTESIS

En fecha SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, se inició la audiencia de juicio de oral, donde en su oportunidad las partes fijaron su posición en torno al delito a través de sus alegatos de apertura y enseguida se inició el desahogo de las pruebas admitidas, que se prolongó en sesiones sucesivas; y a la conclusión del desahogo de las pruebas, las partes formularon sus alegatos de clausura, en el cual el Agente del Ministerio Público, concretizó su pretensión punitiva, solicitando una sentencia de condena en contra del acusado ****, por el delito de ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO EN EL INTERIOR DE CASA HABITACIÓN Y HABERSE UTILIZADO EN SU EJECUCIÓN LA VIOLENCIA, en agravio de ** y del patrimonio de , previsto en el artículo 287 y sancionado en los artículos 289 fracción V y 290 fracción III, inciso b), inciso b), en relación con los artículos 6,7,8 fracciones I y III, 11 fracción I, inciso c), todos del Código Penal en Vigor; en tanto EL ASESOR JURÍDICO y LA DEFENSA EXPUSIERON LA TEORÍA DEL CASO QUE LES CORRESPONDIÓ.

Al respecto, una vez cerrado el debate, este juzgador procedió a deliberar y a realizar un estudio minucioso de los medios de prueba que contextúan la causa, emitiendo FALLLO ABSOLUTORIO en términos que establecen los artículos 401 y 405 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

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Lic. Roberto Oseguera

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